Desde el 1 de enero del 2024, la modificación de las bases de cotización de los trabajadores por cuenta propia ha hecho que muchas de las cuotas de autónomo hayan variado en relación con el año anterior.
Sin embargo, puede ser que muchos autónomos no hayan aún modificado su base de cotización para este año, un procedimiento que hay que llevar a cabo y para el que se dispone de diferentes posibilidades y plazos .¿Cuáles son las modificaciones de la cuota de autónomos introducidas en 2024?
¿Qué es la cuota de autónomos?
Todo autónomo está obligado a hacer frente mensualmente a un pago variable a la Seguridad Social por ejercer una actividad laboral por cuenta propia: La denominada cuota de autónomos.
¿Para qué sirve la cuota de autónomos?
Gracias al pago de la cuota de autónomos los trabajadores por cuenta propia pueden tener acceso a ayudas y prestaciones por cese de actividad involuntaria o pueden tener una cobertura económica en caso de haber tenido que darse de baja.
El acceso a las contingencias comunes, profesionales y a la cobertura por cese de actividad permite a los autónomos disfrutar de cierta seguridad ante eventualidades e imprevistos, tal y como sucede con los trabajadores por cuenta ajena.
Cada autónomo puede elegir, con limitaciones, sobre todo a partir de la última reforma, la cuota de autónomos, pagando más para disfrutar de mejores prestaciones. Desde 2023 sin embargo las cuotas mínimas o máximas que voluntariamente puede decidir pagar el autónomo son exclusivamente aquellas que se encuentren dentro del tramo de ingresos en el que se coloque.
¿Cómo se calcula la cuota de autónomos en 2024?
Esta cuota era tradicionalmente el resultado de aplicar un porcentaje respecto a la base de cotización estimada a partir de los beneficios mensuales del trabajador por cuenta propia. Sin embargo, desde 2023, se ha creado un nuevo sistema por tramos en el que la cuota se calcula por intervalos basados en los ingresos reales de cada autónomo.
Es lo que se ha denominado cotización por ingresos reales y que fue establecido por RD-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad
La cotización por ingresos reales se ha dividido en 15 tramos de ingresos. El inferior recoge a aquellas personas con ingresos inferiores a 670 euros, mientras que el tramo superior está integrado por aquellos con unos ingresos mensuales superiores a los 6000 euros.
Este sistema de cotización se irá incrementando progresivamente hasta el 2031. Al empezar el año es necesario informar en la plataforma Import@ss a la Seguridad Social sobre la previsión de ingresos. En base a esa información se le hará saber al autónomo la base de cotización y la cuota mensual que le corresponden.
La cuota se calcula aplicando un tipo del 31,3% a la base de cotización que el autónomo haya elegido, y que debe encontrarse entre la mínima y la máxima del tramo que le corresponda. Es posible cambiar esta base de cotización cada 3 meses.
Es importante tener en cuenta que la base de cotización ha de ser calculada de manera exacta, dado que al final de año, habrá que regularizar todas las cotizaciones y la Administración procederá a devolver o reclamar los rendimientos laborales por debajo o por encima de las cuotas pagadas.
Calcular los ingresos reales de autónomos en 2024
Para calcular cuáles son los ingresos reales de los trabajadores por cuenta propia basta con restar a los ingresos todos los gastos relacionados con la actividad, los denominados gastos deducibles.
Entre estos gastos deducibles está la propia cuota de autónomos, y todos aquellos gastos derivados de cuestiones absolutamente necesarias para ejercer el trabajo que hace el autónomo.
Una cuestión a tener en cuenta es la posibilidad de deducir también hasta el 7% de los gastos de difícil justificación (3% en caso de autónomos societarios).
Modificaciones de la cuota de autónomos en 2024
En relación con el nuevo sistema de cotización establecido en 2023, las cuotas vuelven a variar en el año 2024.
- Los autónomos de los tramos más bajos verán reducida su cuota entre un 2’1% y un 3’8% es decir entre 5 y 10 euros. (Tramos 1, 2 y 3)
- Los ubicados en zona intermedia de la tabla (Tramos 4,5 y 6) se quedan con la misma cuota mensual que tenían.
- Los autónomos cuyas cotizaciones se encuentran en la parte alta de la tabla entre los números 7 a 15 verán incrementada su cuota mensual entre un 2’5% y un 6%.
Además, se mantiene la posibilidad de pagar una cuota mayor para tener eventualmente derecho a las contraprestaciones, pero estableciéndose bases máximas en cada tramo y siendo la del más alto una base máxima de 4720, 50 euros.
Existen algunas cuestiones relativas a cuotas de autónomos y otros particulares que afectan a determinados grupos.
Tarifa plana
Los nuevos autónomos del 2024 y aquellos autónomos con actividad anterior, pero que esta hubiese sido hace dos años o más pueden acogerse al darse de alta como autónomo en 2024 a una tarifa plana de 80 euros durante los primeros 12 meses de actividad.
Ambos grupos podrán ampliar este beneficio durante los próximos 12 meses, siempre y cuando sus ingresos no superen el SMI.
Es importante, en este sentido, la provincia en la que se localiza el autónomo, dado que en 10 comunidades (Madrid, Murcia, Andalucía y otras) los nuevos autónomos de 2023 tienen una cuota de autónomos de 0 euros. En algunas autonomías como Baleares estos beneficios solo se aplican en determinados casos, como tener menos de 35 años o ser mujer emprendedora.
Base mínima de 1000 euros al mes.
Los autónomos societarios y los autónomos colaboradores pueden ahora tener una cuota mínima de cotización que se sitúa en los 1000 euros al mes, lo que implica una cuota mínima muy por debajo de la que se pagaba con anterioridad.
Los autónomos colaboradores, al igual que los familiares de autónomos pueden seguir, además, disfrutando de las ayudas de la administración
Mayores de 47 años
Para los autónomos mayores de 47 años desaparece el límite de base de cotización y podrán subirla todo lo que quieran, de acuerdo con sus ingresos para poder optar a una mejor pensión de jubilación.
Cese de actividad parcial
Otra de las modificaciones introducidas en 2024 se refiere al cese parcial de la actividad. En casos de caída de la facturación durante un mínimo de dos semestres consecutivos y si la caída es igual o superior al 75% de la facturación media, los autónomos podrán optar por un cese parcial de la actividad, y compatibilizarlo con el cobro del paro de autónomo. De esta manera se completan los ingresos para llegar a un nivel similar al que se tenía antes del desplome de los beneficios.
Fechas importantes para modificación de cuotas
Las nuevas modificaciones de las cuotas de autónomos implican la posibilidad de poder solicitar cambios en las cuotas de autónomos.
Se han establecido 6 fechas para poder realizar estos cambios a lo largo del año. Cada 3 meses: los días 1 de marzo, 1 de mayo, 1 de julio, 1 de septiembre, 1 de noviembre y 1 de enero del 2025 será posible modificar la base de cotización y por lo tanto cambiar la cuota que se paga a la Seguridad Social.
Control de cuotas por la Seguridad Social
La seguridad social establece un sistema de control para 2024 con la intención de verificar si las cotizaciones marcadas por los autónomos se corresponden con la franja real de sus ingresos efectivos.
Se prevé un cruce de datos entre la Agencia Tributaria y la Seguridad Social para verificar las cotizaciones. En caso de datos erróneos o incorrectos la administración expedirá un comunicado al autónomo para que proceda al pago del importe total de las cuotas o del porcentaje de las cuotas no satisfecho correctamente. Por el contrario, también podrá notificar que se ha excedido el pago de acuerdo a los ingresos reales y se procederá a la devolución del porcentaje de cuota correspondiente.
Control de cuentas
La mejor manera para que los autónomos eviten equivocaciones a la hora de seleccionar los tramos de cotización y el pago de las cuotas es mantener un control eficaz de la contabilidad y de las facturas emitidas.
La solución es utilizar un software de facturación electrónica como el de Flesip, que permite gestionar pagos e ingresos, información de clientes o automatizar la generación de informes de contabilidad con diferentes datos. Además de esta forma se cumple también por adelantado con la obligatoriedad de la implantación de la facturación electrónica que instaura la ley Crea y Crece para las relaciones comerciales B2B.
Flesip es además Agente Digitalizador adherido al programa Kit Digital, con lo que además de proceder a la instalación del software, puede ayudar a tramitar las subvenciones para la instalación de soluciones de digitalización impulsadas por el programa. De esta manera, instalar una solución que permita tener controladas todas las partidas del presupuesto y de la contabilidad para cumplir con los nuevos requisitos de la Seguridad Social será mucho más barato o en algunos casos, gratuito.
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