El gobierno aprobó a finales del 2022 la Ley de Creación y Crecimiento de Empresas, también conocida como Ley Crea y Crece. Esta norma fue la primera en establecer la obligación para todos los autónomos de emitir una factura electrónica cuando trabajen con otra empresa. A día de hoy, si bien no ha entrado en vigor dicha ley, ya hay negocios que están obligados a utilizar programas informáticos para facturar y tienen prohibido utilizar la clásica factura de papel al cobrar a sus clientes.
Facturas electrónicas a la Administración Pública desde 2015
Las facturas que estén dirigidas a la Administración Pública, desde el 15 de enero de 2015 deben ser electrónicas. Esto quiere decir que algunos proveedores de bienes o servicios que facturen a, por ejemplo, ayuntamientos, delegaciones y hasta universidades, deberán hacerlo mediante un software de manera digital.
¿Quienes están obligados a emitir factura electrónica ante la Administración?
La obligatoriedad de emitir factura electrónica al trabajar con administraciones públicas viene recogida en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público. En ese sentido, estarán obligadas a hacer uso de la factura electrónica y a su presentación a través del punto general de entrada que corresponda las entidades siguientes:
- Sociedades anónimas;
- Sociedades de responsabilidad limitada;
- Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española;
- Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria;
- Uniones temporales de empresas;
- Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.
¿Cuándo deberán los autónomos emitir la factura electrónica con todos sus negocios?
La factura electrónica obligatoria para todas las operaciones entre empresas del sector privado es una de las grandes reformas a la que los trabajadores por cuenta propia tendrán que hacer frente en los próximos años. Se trata de una de las novedades incluidas dentro de la Ley Crea y Crece, aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado 30 de junio y publicada en el BOE en septiembre de 2022. Hasta la fecha no hay ningún negocio que esté obligado a emitir factura electrónica al trabajar con otra empresa.
Sin embargo, según la Disposición Final Octava de la Ley 18/2022 -de Creación y Crecimiento de Empresas-, la obligación de emitir facturas electrónicas “producirá efectos, para los empresarios y profesionales cuya facturación anual sea superior a ocho millones de euros, al año de aprobarse el desarrollo reglamentario. Para el resto de los empresarios y profesionales, este artículo producirá efectos a los dos años de aprobarse el desarrollo reglamentario”. Se estima que una vez se apruebe, las empresas que facturan más de 8 millones anuales tendrán un año para empezar emitir factura electrónica con otros negocios (posiblemente en 2024) y el resto tendrán dos años para adaptarse (posiblemente hasta 2025).
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