Pasos para darse de alta como autónomos

Darse de alta como autónomo paso a paso: guía completa 

¿Quieres dar el paso de darte de alta como autónomo, pero no tienes ni idea de cómo empezar? Es posible que tengas dudas sobre este proceso, ya que estos trámites generan dudas y algún que otro dolor de cabeza. 

Para agilizar todo este proceso y que sea lo más fácil posible, hemos elaborado esta guía completa con toda la información que necesitas para darte de alta como autónomo este año. 

¿Hay que darse de alta como autónomo de forma obligatoria si tengo ingresos bajos?

La normativa de la Seguridad Social es precisa y dice lo siguiente:

“Es obligatorio darse de alta como autónomo si realizas una actividad económica de forma habitual, sin importar el nivel de ingresos.”

Es fundamental destacar estos dos aspectos: habitual y sin importar los ingresos. Si tu actividad es ocasional o esporádica, podrías no necesitar registrarte en la Seguridad Social. Sin embargo, Hacienda tiene otros requisitos. 

Independientemente de cuánto ganes, debes declarar los ingresos a Hacienda, lo que implica registrarse como autónomo en este organismo para cumplir con tus obligaciones fiscales.

Trámites para darte de alta como autónomo

algunos trámites que debes tener en cuenta para gestionar el alta como autónomo

Estos son algunos trámites que debes tener en cuenta para gestionar el alta como autónomo:

Alta de autónomo online

En la actualidad, los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE), certificados por el Ministerio de Economía e Industria, pueden gestionar el alta de autónomo online mediante el Documento Único Electrónico (DUE). 

Este documento simplifica el proceso y evita múltiples visitas, permitiendo registrar simultáneamente el alta en Hacienda y la Seguridad Social, cumpliendo con los plazos legales.

Alta de autónomo en Hacienda 

El alta del autónomo en Hacienda permite registrar una actividad económica en el sistema tributario, un paso obligatorio para cualquier actividad económica.

Para ello, debemos realizar la declaración de alta censal, utilizando el modelo 036 o la versión simplificada, el modelo 037. Estos formularios son utilizados por Hacienda para recopilar información sobre nuestra actividad. 

Si te das de alta como autónomo online, la declaración censal se incluye en el DUE, facilitando el proceso y permitiendo un registro simultáneo en Hacienda y la Seguridad Social.

Recuerda que cada vez que haya cambios en los datos de tu declaración censal (como un cambio de domicilio o una ampliación de actividades), deberás presentar nuevamente el modelo 036 o 037 con las modificaciones necesarias.

¿Es posible darse de alta online en Hacienda?

Puedes darte de alta como autónomo a través de la Sede Electrónica de la AEAT con un certificado electrónico o Cl@ve PIN.

Sí, puedes hacerlo a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Con un certificado electrónico o Cl@ve PIN, puedes completar y presentar el formulario desde la página de Hacienda.

Alta de autónomo en la Seguridad Social

Según lo establecido en la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo para nuevas altas, dentro de un período de 60 días antes del comienzo de tu actividad, determinada por el alta en Hacienda, debes registrarte como autónomo en la Seguridad Social. Para ello, es necesario inscribirse en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

En el pasado, los plazos para el registro de autónomos en la Seguridad Social eran menos rigurosos. El autónomo tenía un margen de 30 días naturales desde su registro en Hacienda para realizar el alta en el RETA. Sin embargo, con el procedimiento actual, solo comenzarás a cotizar a partir de la fecha de inicio de actividad estipulada por el alta en Hacienda.

Darse de alta en RETA online o presencial

Como mencionamos anteriormente, si prefieres la vía más rápida para cumplir con el trámite, puedes optar por el alta como autónomo online a través de un punto PAE, donde completarás el DUE de forma electrónica.

Sin embargo, si prefieres el método tradicional y realizar el alta como autónomo en persona ante la Seguridad Social, deberás presentar el formulario TA0521 en una oficina de la Seguridad Social. Junto con esto, necesitarás una copia de tu documento de identidad y del alta en Hacienda.

Cuota del alta de autónomo en 2024

La cuota de autónomos corresponde al pago mensual de tus contribuciones a la Seguridad Social por ejercer una actividad independiente.

Esta cuota te garantiza el acceso a prestaciones como baja médica, baja por maternidad o paternidad, así como la prestación por cese de actividad (paro del autónomo), entre otras.

En 2024, la cuota oscila entre 230,14 € y 1.295,63 € mensuales, según tus ingresos netos mensuales, calculados restando tus ingresos y gastos y aplicando una reducción del 7% por gastos generales.

Aunque es difícil prever tus ganancias, recuerda que puedes ajustar tu estimación de ingresos cada dos meses, lo que afectará tu cuota mensual. Además, al final del año, la Seguridad Social realizará una regularización: si has cotizado en exceso, recibirás un reembolso; si has cotizado menos, deberás pagar la diferencia, sin recargos.

Para saber más sobre cómo calcular la cuota de autónomos, te recomendamos que leas este artículo sobre cómo se calcula la cuota de autónomos en 2024

Tarifa plana 

¿Sabes que al solicitar el alta como autónomo en la Seguridad Social, tendrás la oportunidad de optar por la tarifa plana?

Esta tarifa implica el pago de una cuota reducida de 86,66 € al mes en 2024, disponible durante el primer año de actividad.

Si, al finalizar este período inicial, tus ingresos netos son inferiores al salario mínimo interprofesional (SMI), podrás disfrutar de otro año más con esta tarifa especial.

No olvides que debes solicitar la tarifa plana justo en el momento del alta.

Importante: si en el pasado has sido autónomo, podrás solicitar la tarifa plana únicamente si han transcurrido al menos 2 años desde que te diste de baja en el RETA. Además, si en ese periodo anterior disfrutaste de la tarifa plana, el intervalo de espera se extiende a 3 años.

Solicitud de la licencia de apertura

Los negocios que operen desde un local específico deben completar, además del alta de autónomo en Hacienda y el RETA, el proceso de solicitud de licencia de apertura para operar legalmente y cumplir con sus obligaciones tributarias.

Para obtener la licencia de apertura de tu establecimiento, es fundamental seguir un proceso detallado que incluye los siguientes pasos:

1. Elaboración de un informe técnico de licencia de apertura: este informe debe detallar todos los aspectos técnicos relacionados con el proyecto.

2. Certificación del proyecto: un colegio oficial debe supervisar y certificar que el proyecto cumple con todas las regulaciones y estándares requeridos.

3. Pago de tasas: debes abonar las tasas correspondientes en el banco o en el Ayuntamiento para iniciar la evaluación de tu situación.

4. Presentación de una declaración responsable: se requiere una declaración firmada por el propietario del establecimiento.

5. Presentación de la solicitud: una vez cumplidos los requisitos anteriores, debes presentar la solicitud de licencia de apertura junto con el proyecto técnico y el comprobante de pago de las tasas municipales.

6. Inspección técnica: por último, un técnico municipal realizará una visita al local para verificar que cumple con todos los requisitos necesarios para su apertura.

Darse de alta en los Organismos de Trabajo de tu Comunidad Autónoma

Esto hace referencia a la comunicación de apertura del centro de trabajo. La apertura, establecimiento, traslado o ampliación de centros de trabajo requiere informar a la autoridad laboral correspondiente. Por lo general, este procedimiento se lleva a cabo en el departamento de trabajo de la Consejería de Empleo o Trabajo de cada Comunidad Autónoma.

Esta obligación también engloba la reanudación de la actividad tras cambios, ampliaciones o transformaciones significativas. 

Dispones de un plazo de 30 días para realizar esta comunicación, en la que debes presentar información sobre el centro de trabajo y el personal de tu empresa.

Preguntas frecuentes sobre darse de alta como autónomo

Darse de alta como autónomo supone un dolor de cabeza para muchos (antes, durante y después del trámite). Por ello, aquí te respondemos a algunas dudas frecuentes sobre el tema para que estés mejor informado y evites errores.

¿Cuánto cuesta darse de alta como autónomo?

No hay costos asociados al registro como autónomo en la Seguridad Social ni Hacienda. Sin embargo, es importante tener en cuenta que después del alta, se debe abonar mensualmente la cuota de autónomo. 

Además, dependiendo de los modelos fiscales que debas presentar, deberás pagar impuestos cada tres meses en base a tus ingresos.

¿Cuántas veces puedes darte de alta y baja como autónomo?

Puedes darte de alta y baja como autónomo todas las veces quieras en un año, sin límites por parte de la Seguridad Social. 

Pero solo puedes hacerlo hasta tres veces al año para períodos inferiores a un mes. Después de eso, las altas serán consideradas para el mes completo y deberás pagar la cuota completa del mes.

¿Puedo cobrar el paro si me doy de alta como autónomo o lo pierdo?

Sí, puedes cobrar el paro y darte de alta como autónomo. La prestación por desempleo (el paro) es compatible con el trabajo autónomo. Pero, ojo, el subsidio por desempleo no lo es. 

Tienes dos opciones para hacer el paro compatible: 

  • Seguir recibiendo la prestación mes a mes mientras trabajas como autónomo hasta agotarla.
  • O capitalizar el paro, es decir, recibirlo en un único pago.

¿Qué pasa si te pillan trabajando sin ser autónomo?

Si te descubren trabajando sin estar dado de alta como autónomo, puedes enfrentarte a multas tanto de la Seguridad Social como de Hacienda. 

En la Seguridad Social, la multa puede oscilar entre 3.750 € y 12.000 €, además de las cuotas atrasadas con recargo. En Hacienda, la sanción puede ser de entre 150 € y 6.000 €.

Software de facturación electrónica para autónomos

Teniendo en cuenta la guía anterior, te recomendamos que estés al tanto de las últimas novedades sobre facturación electrónica, pues es algo que te afectará próximamente y no queremos que te pille desprevenido. 

¿Sabías que a partir del 1 de julio de 2025 será obligatoria la facturación electrónica para autónomos y emprendedores?

Para adaptarte a la nueva legislación y beneficiarte de un software de facturación como el de Flesip, debes saber que aún puedes aprovechar las ayudas del programa Kit Digital del Gobierno de España para la digitalización de pymes y autónomos.

Flesip es agente digitalizador asociado y no solo puede implementar soluciones digitales, sino que también puede ayudar en la solicitud de subvenciones que oscilan entre 3.000 y 12.000 euros, según el tamaño de la empresa.Esperamos que esta guía te haya resultado útil para que no cometas errores a la hora de darte de alta como autónomo y empieces con buen pie en esta andadura profesional. Si quieres recibir más consejos para autónomos y emprendedores, no dejes de seguirnos en nuestro blog. ¡Te esperamos con novedades cada semana! 😉

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